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Modelo de registro retributivo

  • Cumple la legislación vigente RD 902/2020
  • Informe del registro salarial obligatorio
  • Calcula la brecha salarial
  • Revisa la estructura de costes salariales
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Lo que debes saber sobre el registro retributivo obligatorio

El registro retributivo es obligatorio desde el 14 de abril de 2021 según el RD 902/2020. Todas las empresas, sean del tamaño que sean, tienen la obligación de hacerlo y presentar los informes salariales de todos sus trabajadores, incluidos directivos y altos cargos. No hacerlo puede incurrir en sanciones de hasta 6.250 €.

Además, las empresas que tengan una brecha salarial superior al 25% en algún grupo profesional están obligadas a justificar los motivos. No justificar las diferencias puede suponer una sanción de hasta 187.500 €  si se demuestra que hay discriminación salarial por sexos.

¿Por qué debes hacer el registro retributivo con Checkplus Presence?

  • Registro de datos fácil y siempre actualizado según la ley vigente.

  • Informe sin errores: generamos el informe por ti, con el cálculo de brecha salarial y generamos avisos de incumplimiento según la normativa.

  • Útil también para ti: hemos creado gráficas, KPIs e informes sobre la estructura salarial, de interés para la empresa.

  • Accesibilidad: información siempre disponible y actualizada para su revisión y rectificación, vía Cloud.

  • Seguridad: Solución estable que da servicio a más de 10.000 usuarios. Contamos con más de 15 años de experiencia y la robustez de data centers de alta seguridad.

registro retributivo obligatorio

¿Cómo generamos el modelo del registro retributivo?

Checkplus Presence realiza todos los cálculos según marca la legislación vigente, genera el modelo del registro salarial y te avisa de cualquier incumplimiento de la brecha salarial de género para que lo justifiques.

No tendrás que preocuparte, con la seguridad de que todo se hará correctamente.

  • Detecta qué grupos tienen una brecha superior al 25%.
  • Introduce los motivos y la documentación necesaria en los casos que supere el 25%.
  • Obtén información útil para la revisión de tus políticas de igualdad.
  • Genera el informe salarial obligatorio con un solo clic.

¿Conoces quién hace más horas extras en tu empresa? Con Checkplus Presence sí.

Checkplus Presence no solo te servirá para el registro retributivo obligatorio y el modelo de registro salarial, sino que aprovechamos esta obligatoriedad para facilitarte datos y KPIs sobre la estructura salarial de tu empresa de una forma visual y práctica, que te ayude a la comprensión de los KPIs claves y la toma de decisiones.

  • Visualiza gráficamente la estructura salarial de tu empresa.
  • Detecta desviaciones en la política de costes salariales variables, provenientes de los complementos y horas extras.
  • Consulta los datos por género y grupo profesional.
registro salarial obligatorio
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¿Conoces quién hace más horas extras en tu empresa? Con Checkplus Presence sí.

Checkplus Presence no solo te servirá para el registro retributivo obligatorio y el modelo de registro salarial, sino que aprovechamos esta obligatoriedad para facilitarte datos y KPIs sobre la estructura salarial de tu empresa de una forma visual y práctica, que te ayude a la comprensión de los KPIs claves y la toma de decisiones.

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Casa del Libro y Cimalsa, entre otras muchas empresas, ya confían en nosotros.

Testimonios de clientes

“Para una empresa con menos de 25 trabajadores y más de seis centros de trabajo separados geográficamente, llevar un control de la jornada era casi misión imposible, se hacía difícil una gestión que cumpliera con la nueva normativa de forma adecuada y fiable. Descubrimos en Checkplus Presence la solución que estábamos buscando a través de su tecnología de movilidad, cumplía y cubría nuestras necesidades, además con la tranquilidad de llevar funcionando años.”

Fina Jarque, Directora Corporativa

“Checkplus Presence es la solución perfecta para nosotros, tanto para los compañeros de oficina como los que realizan teletrabajo, ya que pueden fichar sin impedimentos físicos, allá donde se encuentren, gracias al registro de la hora de fichaje y las coordenadas GPS, cumplimos con la ley de jornada laboral sin perjudicar a nuestras necesidades profesionales.”

Nuria Mateo, Corporate service manager

“Tras la aprobación del RD-Ley 8/2019 buscamos implantar un sistema de registro horario valido, fiable y que se ajuste a los estándares que marca la ley, con la peculiaridad de la alta rotación de personal en retail y la dispersión geográfica de los empleados con tantos puntos de venta; es tan fácil de usar que no es necesario invertir tiempo en formaciones continuadas, cumple con nuestros requerimientos y esto nos hace estar tranquilos.”

Sonia Rodriguez, RRHH

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Preguntas frecuentes:

El registro salarial o registro retributivo obligatorio es una de las exigencias que se desprenden del Real Decreto 902/2020 de Igualdad Retributiva entre hombres y mujeres por el cual se pretende acabar con las desigualdades salariales en España. Para ello, este RD establece la obligación de llevar un registro retributivo con las nóminas de todos los trabajadores (también de los directivos y altos cargos) en un único fichero que permita visualizar si existe esta brecha salarial en función de género, justificar los motivos por los que se produce y las medidas que se van a tomar para revertir esta situación.

Todas las empresas, independientemente de su tamaño, están obligadas a llevar un registro retributivo de sus empleados. En este sentido, el registro retributivo es también obligatorio para las empresas de menos de 50 trabajadores. No hacerlo puede suponer arriesgarse a sanciones o a limitaciones para poder participar en concursos públicos.

Eso sí, que el registro retributivo sea obligatorio no significa que sea público. Los representantes de los trabajadores podrán acceder, previa petición, a los resultados en porcentajes del informe, pero nunca se darán los datos referentes a cada trabajador para garantizar la privacidad de los empleados.

El principal objetivo del registro retributivo obligatorio es garantizar la no discriminación por razones de género en el acceso a un mismo puesto de trabajo en materia de remuneración salarial.

De aquí que se derive la obligatoriedad de elaborar un registro retributivo con las remuneraciones de todos los cargos en la empresa y demostrar que no existe una diferencia mayor del 25% entre las retribuciones de hombres y mujeres por el mismo trabajo.

El registro retributivo debe incluir:

  • Registro salarial de toda la plantilla, incluidos directivos y cargos especiales.
  • Valores medios de los salarios, complementos salariales y percepciones extrasalariales especificados por sexos.
  • Deberá estar especificado por año natural.

Si la empresa está obligada a hacer una auditoría, el registro retributivo deberá incluir, además, estos campos:

  • Medias aritméticas y medianas de todos los grupos profesionales, categorías laborales, niveles, puestos y cualquier otro sistema de clasificación que tenga la empresa.
  • Se deberá incluir la justificación pertinente cuando la media aritmética o la mediana de las retribuciones entre trabajos de igual valor supere el 25% de diferencia entre hombres y mujeres.
  • Evaluación de puestos.

Las empresas con más de 50 trabajadores están obligadas a realizar una auditoría salarial, además del registro retributivo obligatorio. Asimismo, las empresas deberán realizar un plan de igualdad que incluya objetivos, cronograma y actuaciones concretas, adjuntando el resultado de la auditoría. El plazo de validez de esta auditoría será el mismo que tenga el plan de igualdad.

Dividiendo la diferencia entre el salario medio que perciben los hombres y el que perciben las mujeres. El resultado se multiplica por 100 para expresarlo en un porcentaje.

Con Checkplus Presence no tendrás que preocuparte de cómo calcularlo ya que nuestro software se encarga de hacer todos los cálculos. Tú solo tendrás que introducir los datos en cada categoría.

Disponer de una herramienta como Checkplus Presence, que elabora el registro retributivo de forma automática, es indispensable para saber si se está cumpliendo la legislación vigente. En caso de incumplimiento de alguno de las obligaciones que impone la ley, las empresas se arriesgan a sanciones que van desde los 626 € hasta los 6.250 € por no disponer del registro retributivo obligatorio; o incurrir en una multa que puede ascender a los 187.500 € si se demuestra que existe discriminación salarial cuando haya una diferencia superior al 25% de diferencia entre las retribuciones de hombres y mujeres.